- Tienes empleada del hogar? ¡Descubre cómo puedes recibir un beneficio adicional en tu Seguridad Social!
- Bonificación extendida: ¡Descubre cómo puedes recibir un beneficio adicional en tu Seguridad Social!
- ¿Cuándo será aplicable la bonificación en cuotas de la Seguridad Social?
- ¿Qué ocurre si no tienes dada de alta en la Seguridad Social a tu empleada del hogar?
Si eres uno de los millones de españoles que cuentan con una empleada del hogar en tu domicilio, es importante que sepas que puedes ser acreedor a un beneficio adicional en tu Seguridad Social. Este derecho, que muchos desconocen, puede suponer una mejora significativa en tus prestaciones sociales. En este artículo, te explicaremos cómo puedes acceder a este beneficio y qué requisitos debes cumplir para recibir esta ayuda adicional. ¡No te pierdas esta oportunidad de mejorar tu situación económica!
El Gobierno ha anunciado la extensión de la bonificación al 45% de las cuotas de la Seguridad Social para las familias numerosas que tengan contratadas empleadas del hogar. Esta medida, que había caducado el 1 de abril, vuelve a ser una realidad tras ser publicada su prórroga en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Según el Real Decreto Ley 2/2024, esta bonificación se encuentra dentro de las medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección al desempleo y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.
Las familias numerosas podrán beneficiarse de esta deducción siempre que el sujeto responsable del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social se encuentre en situación de alta, o en situación asimilada a la de alta, con obligación de ingreso de cuotas de la Seguridad Social y tenga reconocida la condición de familia numerosa en el momento de la contratación de la persona empleada de hogar.
Además, esta bonificación solo será válida si se aplica a la contratación de una sola persona encargada de tareas domésticas o cuidado y estará vigente mientras el empleador tenga reconocida la situación de familia numerosa.
Es importante recordar que cualquier persona que contrate a una empleada del hogar está obligada a darla de alta en la Seguridad Social y pagar sus cotizaciones de forma proporcional al número de horas que esté contratada.
La ley es clara sobre tu obligación como empleador. También lo es al determinar la multa por no dar de alta en la Seguridad Social a la empleada del hogar ni abonar sus cuotas. Según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), no cumplir con esa obligación es una infracción grave.
Las multas en estos casos pueden ir desde los 3.750 hasta los 12.000 euros si Inspección de Trabajo lo detecta. ¡Aprovecha esta oportunidad para ahorrar en tus cuotas de la Seguridad Social!
Recuerda que la bonificación es válida solo para familias numerosas que contraten a una sola persona para tareas domésticas o cuidado y estará vigente mientras el empleador tenga reconocida la situación de familia numerosa.
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