Cuándo es posible cobrar el paro a los 61 años y cuál es la edad de jubilación

La noticia titulada En qué casos se puede cobrar el paro con 61 años y cuándo te puedes jubilar aborda un tema de gran relevancia en el ámbito laboral y de seguridad social. En España, existen situaciones específicas en las cuales las personas de 61 años pueden acceder al cobro del paro, lo cual representa un punto de interés para quienes se encuentran en esta etapa cercana a la jubilación. Es importante comprender los requisitos y condiciones que permiten a los trabajadores en este rango de edad acceder a esta prestación, así como conocer cuándo es posible dar el paso hacia la jubilación. Estar al tanto de esta información resulta fundamental para planificar de manera adecuada el futuro laboral y económico de quienes se encuentran en esta etapa de su vida laboral.

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Jubilación anticipada a los 61 años: requisitos y alternativas para cobrar el paro, SEPE: ¿Cómo jubilarse a los 61 años y cuándo acceder al subsidio por desempleo?

Varias personas esperan para entrar en una oficina del SEPE de Móstoles.

Aunque lo habitual en España es jubilarse a partir de los 65 años, puede darse el caso de que un trabajador pierda su empleo poco antes de llegar a la edad de jubilación. Si esto ocurre con 61 años, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece varias alternativas, como puede ser jubilarse de manera anticipada y cobrar la pensión, o bien acceder a una prestación por desempleo, como el subsidio para mayores de 52 años.

En cualquiera de los casos, todo dependerá siempre de los años que se hayan cotizado y de la causa que ha motivado el despido, tal y como recuerdan desde Noticias Trabajo.

Para poder jubilarse a los 61, la única opción es acceder a la jubilación anticipada involuntaria, es decir, derivada del cese no voluntario en el trabajo. A esta modalidad pueden acceder aquellos trabajadores que reúnan ciertos requisitos, como tener cumplida una edad que sea inferior en cuatro años, como máximo, con respecto a la edad ordinaria de jubilación —65 años, habiendo cotizado más de 38 años—.

Asimismo, deberán encontrarse inscritos como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses antes a la fecha de la solicitud de la jubilación, expone la Seguridad Social en su web. También deberán tener un mínimo de 33 años cotizados.

Por otro lado, el cese en el trabajo para poder jubilarse a los 61 debe haberse producido como consecuencia de alguna de estas causas:

  • Despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Despido objetivo por causas objetivas.
  • Extinción del contrato por resolución judicial.
  • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual, o la extinción de la personalidad jurídica del contratante.
  • Extinción del contrato de trabajo motivada por la existencia de fuerza mayor.
  • Extinción del contrato por voluntad del trabajador causas previstas en los artículos 40.1 (movilidad geográfica), 41.3 (modificación sustancial de condiciones de trabajo) y 50 (incumplimientos del empresario) del Estatuto de los Trabajadores.
  • Extinción del contrato por voluntad de la trabajadora por ser víctima de la violencia de género.

No obstante, cabe tener en cuenta que quienes se acojan a este tipo de jubilación verán recortada su pensión, advierten desde la Seguridad Social.

En el caso de no poder (o querer) jubilarse de manera anticipada, el trabajador puede acogerse a la prestación contributiva por desempleo del SEPE —comúnmente conocido como el paro—, para la cual necesita haber cotizado un mínimo de 360 días.

Si se hubiese agotado esta prestación, también está la opción del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, para el cual es obligatorio que tenga 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos 15 años, informa el SEPE.

Natalia Vega

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