Dos estudiantes de un colegio en Pamplona han sido condenados por un caso de acoso escolar a uno de sus compañeros, desencadenando una profunda preocupación en la comunidad educativa y la sociedad en general. Este lamentable suceso pone de manifiesto la importancia de combatir el bullying en las instituciones educativas, promoviendo un ambiente seguro y respetuoso para todos los estudiantes. La sentencia emitida refleja la gravedad de las acciones perpetradas por los agresores, quienes deberán asumir las consecuencias de sus actos. Es fundamental que se brinde apoyo y protección a la víctima, así como se implementen medidas preventivas y de sensibilización para prevenir futuros casos de acoso escolar en las escuelas. La justicia ha actuado en este caso, pero la labor de concienciación y prevención debe ser constante para erradicar por completo esta problemática.
Estudiantes de Pamplona condenados por acoso escolar a compañero indefenso
Dos menores, alumnos de un colegio de Pamplona, han sido condenados a 60 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad como autores de un delito contra la integridad moral por acoso escolar a otro compañero. La sentencia del Juzgado de Menores de Navarra número uno ha recogido, además, que durante diez meses tendrán prohibido comunicarse con la víctima y no podrán acercarse a menos de 300 metros del menor ni de su domicilio ni centro escolar.
La sentencia ha declarado al centro educativo como responsable civil y deberá asumir el 90% de la indemnización de 20.000 euros por daños morales. En el relato de la sentencia, se ha descrito que el trato vejatorio y humillante, con burlas reiteradas” comenzó en la ESO y se prolongó durante cuatro cursos hasta Bachillerato, con episodios de agresiones físicas.
La sentencia deja claro que al centro educativo le correspondía “el deber de vigilancia y control directo de los menores durante el tiempo de estancia en el centro anudada al desarrollo de la labor educativa”. La víctima solicitó cambio de colegio a mitad de curso, poco después de que su familia interpusiera la denuncia y tras la negativa de la dirección a expulsar a los dos compañeros acosadores. Por tanto, la ejecución de la orden de alejamiento no conllevará que las dos personas condenadas tengan que abandonar el centro.
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Según relata la sentencia, el trato de los condenados afectó de forma intensa al denunciante, que presentó sintomatología significativa relacionada con los hechos denunciados tales como ansiedad, depresión, conductas evitativas, sentimientos de culpabilidad y déficit de autoestima y competencia social con estado emocional de rabia y enfado.
El joven ha sufrido, además, cierto aislamiento social con pérdida de interés y falta de rendimiento escolar (con excusas para no acudir al colegio), que le han producido una alteración psicológica ansiosodepresiva.
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