El Beneficio Personal de [Persona] Genera Perjuicio a la Unión Europea

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El Beneficio Personal de [Persona] Genera Perjuicio a la Unión Europea

En un escándalo que ha generado gran conmoción en la comunidad europea, se ha descubierto que la búsqueda de beneficio personal por parte de [Persona], ha generado un perjuicio económico y institucional a la Unión Europea. Según fuentes cercanas al caso, las acciones de [Persona] han puesto en peligro la estabilidad financiera de la UE, y han generado un clima de inestabilidad política en el bloque comunitario. La investigación en curso busca determinar el alcance de las acciones de [Persona] y evaluar el daño causado a la Unión Europea. Esta situación ha generado un gran debate en el seno de la UE, y ha llevado a muchos a cuestionar la transparencia y la responsabilidad de los líderes políticos.

El beneficio personal de Puigdemont genera perjuicio a la Unión Europea

El Supremo ha rechazado amnistiar la malversación del procés debido a que concurren dos circunstancias que la ley dejó fuera del perdón: los implicados obtuvieron un beneficio personal al sufragar el referéndum con dinero público y eso afectó potencialmente a los intereses financieros de la Unión Europea.

La Sala de lo Penal no tiene dudas de que concurren ambos principios que impiden perdonar la malversación que mantiene procesado y con una orden nacional de arresto al expresident Carles Puigdemont y a dos exconsellers; y que tiene inhabilitados al exvicepresident Oriol Junqueras y a otros tres líderes soberanistas.

Beneficio personal y afectación a intereses financieros de la UE

Beneficio personal y afectación a intereses financieros de la UE

Su criterio coincide con el que defendieron los cuatro fiscales de la causa del 1-O, que se apartaron tras un profundo debate interno en el seno de la institución, que culminó con la petición del Ministerio Público de amnistiar a los implicados, como defendía el fiscal general del Estado.

Tanto el tribunal que juzgó el caso como el que lo investigó, Pablo Llarena, creen que los líderes independentistas desviaron fondos públicos en beneficio propio, ya que endosaron los gastos del referéndum ilegal del 1-O a la administración. Es decir, emplearon dinero de todos los ciudadanos al servicio de sus fines, que eran también particulares.

Según explica Llarena, para que exista un beneficio personal no es preciso que haya un aumento material de los activos patrimoniales, sino que este debe entenderse como cualquier aprovechamiento, rendimiento o ventaja.

Para el tribunal, a diferencia de los ciudadanos que extrajeron de su patrimonio la aportación personal al proceso político secesionista, los líderes independentistas no sufrieron igual merma en tanto echaron mano del patrimonio público que debían custodiar y administrar con lealtad.

El segundo obstáculo que impide el perdón a los implicados en el 1-O es la consideración del Supremo de que sus actos afectaron potencialmente a los intereses económicos comunitarios, principio que la ley también dejó fuera de la amnistía.

No es difícil aventurar que la ruptura de la integridad territorial de Europa -esa desconexión existió, aunque durara solo unos pocos segundos- encerró un grave peligro de afectación de los intereses financieros, indica.

Y añade: el debilitamiento de la fortaleza territorial de España y de la propia UE fue real. Se pusieron en riesgo las bases estructurales sobre las que se ha erigido el proyecto europeo, por más que ese peligro (.) no llegara a materializarse en una efectiva fragmentación territorial que habría tenido, sin duda, unas nefastas consecuencias recaudatorias para el bloque.

Coincide el juez Llarena, que explica que el concepto de intereses financieros de la UE no solo contempla el gasto de fondos europeos, sino también los ingresos adeudados al Presupuesto de la Unión y, en este caso, celebrar un referéndum prohibido afectaba a la configuración de España y a la dimensión territorial comunitaria.

Recuerda que hubo pretensión de que los catalanes pasaran a tributar en una Hacienda propia, y cuestiona que la ley pueda obligar a un juez a archivar una causa en dos meses, sin que se aborde una investigación sobre la procedencia de los fondos implicados que, hasta ahora, era irrelevante acreditar si eran o no europeos.

José Manuel Cruz

Soy José Manuel, redactor de la página web El Informacional, un periódico independiente de actualidad nacional en Español. Mi pasión es informar a nuestros lectores de manera precisa y objetiva sobre los acontecimientos más relevantes de nuestro país. Con más de 10 años de experiencia en el periodismo, me esfuerzo por brindar un enfoque imparcial en cada artículo que escribo. Mi compromiso es mantener la calidad y la veracidad de la información que compartimos, para que nuestros lectores estén bien informados en todo momento. ¡Gracias por seguirnos en El Informacional!

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