El Tribunal Constitucional perdona la malversación de los fondos de los Empleados Régimen de Empresas a Antonio Fernández

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El Tribunal Constitucional perdona la malversación de los fondos de los Empleados Régimen de Empresas a Antonio Fernández

En un polémico fallo, el Tribunal Constitucional ha decidido anular la condena impuesta a Antonio Fernández por malversación de fondos pertenecientes a los empleados del Régimen de Empresas. Esta sentencia ha generado un gran impacto en la opinión pública, ya que se considera un golpe a la transparencia y la justicia. La decisión del Tribunal ha sido cuestionada por muchos, quienes ven en ella una clara injusticia hacia los afectados, que habían confiado en que se hiciera justicia. En los próximos días, se esperan reacciones de los diferentes actores involucrados en este caso.

El Tribunal Constitucional anula condena a Antonio Fernández por malversación de fondos ERE

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado parcialmente la condena del exconsejero de Empleo de Andalucía, Antonio Fernández, por malversación de fondos en el conocido como caso ERE.

Fernández, quien permanece en la cárcel, había sido condenado a 7 años y 11 meses de prisión y a 19 años y medio de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación en concurso con un delito continuado de malversación.

La decisión del Pleno

La decisión del Pleno

El Pleno del Tribunal Constitucional ha adoptado esta decisión por siete votos a favor y cuatro votos en contra. Los magistrados han declarado que se ha vulnerado en parte el derecho a la legalidad penal de Fernández, pero han rechazado que se hayan lesionado sus derechos a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva.

¿Qué debe hacer la Audiencia de Sevilla?

Según las fuentes jurídicas consultadas, el Constitucional ha ordenado a la Audiencia de Sevilla que dicte una nueva sentencia que rebaje la pena de prisión de Fernández. La Audiencia deberá redactar un nuevo pronunciamiento exclusivamente en lo relativo a la posible comisión de un delito de malversación en las modificaciones presupuestarias de 2000-2001 y a las disposiciones de fondos incluidos en el programa 3.1 L en ausencia o con desviación de su fin público.

La malversación y la gestión de fondos

El Constitucional le perdona una parte de la malversación a Fernández, pero deja fuera del amparo los actos de presupuestación y gestión que realizó como viceconsejero de Empleo para las modificaciones presupuestarias de 2000 y 2001, antes de que las leyes de presupuestos hubieran incorporado el concepto de transferencias de financiación del IFA a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).

Además, el tribunal también excluye del amparo las disposiciones de fondos ordenadas en el ámbito de la Consejería de Empleo entre 2002 y 2009 bajo la vigencia de las leyes de presupuestos que incorporaban tales aplicaciones al programa 3.1 L, pero que excedieron su ámbito de cobertura porque se hicieron en ausencia de fin público.

Antecedentes del caso

En sentencias anteriores relativas al caso de los ERE, el Constitucional fijó que los anteproyectos y proyectos de ley de presupuestos, así como sus modificaciones, ni son resoluciones ni han recaído en un asunto administrativo, al tratarse de actos dictados por el Poder Ejecutivo en el ejercicio de su función de gobierno que le atribuye el Estatuto de Autonomía de Andalucía.

En este sentido, el tribunal concluye que no son asuntos gubernativos sujetos de control jurisdiccional y que si los proyectos tuvieran que respetar el contenido de las normas nunca podrían llevarse a cabo las modificaciones de las leyes existentes, pues los cambios normativos tienen como objeto establecer una legislación diferente de la que se encuentra en vigor.

Javier Martín

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