Este es el permiso retribuido que puedes pedir para votar en las elecciones europeas

Index

Este es el permiso retribuido que puedes pedir para votar en las elecciones europeas

En el marco de las elecciones europeas, es importante recordar que los ciudadanos tienen derecho a participar en el proceso democrático. Para facilitar la participación ciudadana, existe la figura del permiso retribuido, que permite a los trabajadores ausentarse de sus puestos de trabajo para ejercer su derecho al voto. En este sentido, es fundamental conocer los detalles de este permiso, que puede ser solicitado por los empleados para asegurarse de que pueden votar en las elecciones europeas. A continuación, se presentan las condiciones y requisitos para acceder a este permiso, que es una herramienta fundamental para garantizar la participación ciudadana en el proceso electoral.

Permiso retribuido para votar en las elecciones europeas

Este domingo 9 de junio, los españoles tienen una cita con las urnas para elegir a los 61 diputados que representarán a España en el Parlamento Europeo. Aunque la mayoría de los españoles no tendrán problemas para votar, algunos empleados no tienen descanso el domingo y tendrán que conciliar su trabajo con su deber cívico. Pero, ¿existen permisos retribuidos para ausentarse y acudir al colegio electoral?

La respuesta es sí. Según el artículo 13 del Real Decreto 605/1999, los trabajadores tienen derecho a disponer de hasta cuatro horas libres para ejercer su derecho al voto, que serán retribuidas. Esto significa que los empleados podrán solicitar un permiso retribuido para acudir a votar.

¿Cuántas horas tengo para votar?

¿Cuántas horas tengo para votar?

La cantidad de horas que el trabajador tendrá para votar dependerá de la coincidencia entre su horario de trabajo y el horario de los colegios electorales. Si los horarios no coinciden o solo coinciden en menos de 2 horas, no tendrá derecho a permiso. Si los horarios coinciden entre 2 y 4 horas, tendrá derecho a 2 horas de permiso. Si los horarios coinciden entre 4 y 6 horas, tendrá derecho a 3 horas de permiso. Y si los horarios coinciden en más de 6 horas, tendrá derecho a 4 horas de permiso.

¿Qué permiso me corresponde si soy presidente de mesa o vocal?

Los miembros de las mesas electorales, incluyendo al presidente y los vocales, tendrán derecho a un permiso retribuido de la jornada completa y a una reducción de jornada de trabajo de cinco horas al día siguiente, además de cobrar una dieta que corre a cargo del Estado. Si se trata de un suplente, tendrá que presentarse a su mesa para ver si son necesarios sus servicios, contando con permiso retribuido para hacerlo. Si no acude alguno de los titulares, tendrá los mismos derechos que los miembros de la mesa.

Permisos para interventores y apoderados

Los interventores y apoderados tendrán derecho al permiso redistribuido del día de las elecciones, es decir, del 9 de junio. En el caso del interventor, este podría tener también la reducción del día siguiente, al contar con los mismos permisos que el presidente y los vocales. Sin embargo, no recibirán una dieta.

Javier Martín

Mi nombre es Javier, soy redactor jefe con una amplia experiencia en el mundo del periodismo. Actualmente trabajo en El Informacional, un periódico independiente de actualidad nacional en Español. Me apasiona investigar y redactar noticias relevantes que mantengan informada a nuestra audiencia. En nuestro medio, nos esforzamos por ofrecer información veraz y objetiva sobre los acontecimientos más importantes del país. Mi objetivo es contribuir a la formación de una opinión pública informada y crítica. ¡Gracias por seguirnos en nuestro sitio web!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir