Fiscalía de Barcelona interpone recurso contra la sentencia que absuelve a un hombre por insultos homófobos en un restaurante McDonald's en la ciudad

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Fiscalía de Barcelona interpone recurso contra la sentencia que absuelve a un hombre por insultos homófobos en un restaurante McDonald's en la ciudad

La Fiscalía de Barcelona ha decidido interponer un recurso contra la sentencia que absuelve a un hombre acusado de proferir insultos homófobos en un establecimiento de McDonald's en el centro de la ciudad. Según los hechos, el individuo en cuestión habría lanzado agresivos comentarios hacia una pareja del mismo sexo que se encontraba en el local, lo que generó un ambiente de inseguridad y hostilidad. A pesar de la gravedad de los hechos, el juez decidió absolver al acusado, lo que ha generado una gran controversia en la opinión pública. La Fiscalía considera que la sentencia es injusta y contradictoria y espera que se revise y se imponga una sanción adecuada al responsable.

Fiscalía de Barcelona apela sentencia que absuelve a hombre por insultos homófobos en McDonald's

La sección especializada en delitos de odio y discriminación de la Fiscalía Provincial de Barcelona, en coordinación con la Unidad de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía General del Estado, ha presentado recurso de apelación contra la sentencia que absolvió a un hombre acusado de proferir insultos homófobos a un joven en un McDonald's de Barcelona en junio de 2019.

En el recurso, la Fiscalía critica que la sentencia dictada por la Sección 3 de la Audiencia Provincial de Barcelona considere que el ataque verbal no estuvo motivado por la orientación sexual de la víctima, sino por su forma de vestir.

La manera de vestir, una forma de expresar la orientación sexual. La Fiscalía expone que la manera de vestir es una de las formas a través de las cuales se puede manifestar una orientación sexual, y censurar la misma implica un menosprecio de la orientación sexual de quienes deciden expresarla de esa manera.

Además, la Fiscalía subraya que las expresiones proferidas a la víctima son un reflejo palmario de la profunda animadversión del acusado a la orientación sexual de la víctima, atendiendo al tono y a la exposición pública, que buscaba menoscabar la dignidad del afectado.

Por este motivo, la Fiscalía solicita a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que se dicte una sentencia condenatoria e imponga al acusado la pena de 18 meses de prisión y una multa de 9 meses con cuota diaria de 12 euros.

La sentencia que absolvió al acusado

La sentencia que absolvió al acusado

Según recoge la sentencia, el perjudicado, vestido con los colores de la bandera LGTBI, y el acusado tuvieron un encontronazo en el local de comida rápida y el segundo le profirió expresiones como te voy a hacer heterosexual a hostias y mejor que lleves un guardaespaldas porque ahora, cuando salgas, te voy a dar tal hostia que la mariconería se te quita.

El tribunal argumentó que los acusados, el agresor verbal y el vigilante de seguridad del McDonald's, no tuvieron ninguna participación en la difusión del vídeo de estos hechos, que se viralizó, ni la aprovecharon para propagar un discurso de odio contra el colectivo LGTBI, como argumentaba el Ministerio Fiscal.

Para el tribunal, el episodio se limitó a un incidente en un local que ni siquiera estaba muy concurrido y nadie se sumó a la actuación del agresor y que el hecho podría constituir un delito leve de amenazas por el que ni siquiera fue juzgado.

El tribunal consideró las expresiones vertidas contra el afectado como ofensivas y desafortunadas, pero no las consideró lo suficientemente graves como para constituir un delito contra la integridad moral ni un delito de odio.

Javier Martín

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