La JEC sanciona a Tezanos con una multa de 3.000 euros

La Junta Electoral Central impone multa de 3.000 euros al presidente del CIS por incumplimiento de la ley electoral

La Junta Electoral Central impone multa de 3.000 euros al presidente del CIS por incumplimiento de la ley electoral

La Junta Electoral Central (JEC) ha resuelto con una multa de 3.000 euros el expediente sancionador que abrió el pasado 6 de mayo al presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), José Félix Tezanos, por el sondeo flash que realizó de urgencia cuando el presidente Pedro Sánchez se tomó cinco días para reflexionar sobre su futuro.

Incumplimiento notorio de la ley. El organismo arbitral recuerda que esa encuesta se realizó en pleno período electoral, específicamente durante la campaña de las elecciones catalanas y estando convocadas las elecciones europeas, y en esos períodos el CIS está obligado a informar de sus estudios de intención de voto, cosa que no hizo.

Según la resolución, es notorio que el CIS ha incumplido con esta obligación de comunicar previamente la decisión de realizar ese estudio, en el que se incluye un apartado dedicado a la intención de voto de los electores, a pesar de realizarse durante el período electoral de las elecciones al Parlamento de Cataluña y al Parlamento Europeo.

Por ello, la JEC concluye que el sociólogo socialista incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.2 de la Ley Electoral y desoyó la instrucción sobre encuestas electorales que el organismo arbitral había aprobado este año.

Las infracciones al régimen de encuestas electorales pueden dar lugar a multas de 3.000 a 30.000 euros, pero el CIS opta por el tramo más bajo, lo 3.000 euros, porque tuvo escasa incidencia práctica para las entidades políticas concurrentes.

La presente resolución es firme en la vía administrativa-electoral, aunque Tezanos tiene dos meses para decidir si recurre ante la Sala del Tribunal Supremo de dicho orden jurisdiccional.

La multa es firme, pero Tezanos puede recurrir. El presidente del CIS puede presentar un recurso ante la Sala del Tribunal Supremo en un plazo de dos meses, aunque la resolución actual es firme en la vía administrativa-electoral.

Esta decisión de la JEC supone un importante recordatorio para los organismos de investigación y los medios de comunicación que realizan encuestas electorales, ya que deben cumplir con la normativa electoral vigente y informar previamente sobre sus estudios de intención de voto durante los períodos electorales.

Patricia Cruz

Soy Patricia, una periodista apasionada por la actualidad nacional que trabaja en la página web El Informacional, un periódico independiente en Español. Mi misión es informar a nuestros lectores de manera objetiva y veraz sobre los acontecimientos más relevantes de nuestro país. Con un enfoque crítico y comprometido, me esfuerzo por ofrecer un análisis profundo y riguroso de los temas que impactan a nuestra sociedad. Mi objetivo es contribuir a la formación de una ciudadanía informada y crítica a través de mi trabajo en este medio digital de gran prestigio.

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