- La Justicia revoca la sentencia condenatoria a un importante funcionario involucrado en el escándalo del 'caso ERE'
- La Justicia anula la condena a Miguel Ángel Serrano Aguilar por el caso ERE
- La sentencia es anulada por interpretación imprevisible del delito de prevaricación
- La condena vulnera el derecho a la presunción de inocencia
La Justicia revoca la sentencia condenatoria a un importante funcionario involucrado en el escándalo del 'caso ERE'
En un giro inesperado en el caso ERE, la Justicia ha decidido revocar la sentencia condenatoria a un importante funcionario que se encontraba involucrado en este escándalo que ha sacudido a la opinión pública. Esta noticia ha generado un gran revuelo en los círculos políticos y sociales, ya que se creía que la condena era definitiva. Sin embargo, la Justicia ha decidido dar un paso atrás y revisar el caso, lo que ha generado un clima de incertidumbre y expectación. En los próximos días se conocerán más detalles sobre esta decisión y se analizarán las implicaciones que tendrá en el futuro del caso.
La Justicia anula la condena a Miguel Ángel Serrano Aguilar por el caso ERE
El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido anular la condena de seis años y medio de cárcel que se le impuso a Miguel Ángel Serrano Aguilar, exdirector general de IFA/IDEA, por prevaricación en concurso con malversación en el caso de los ERE.
Según ha informado la corte de garantías, el tribunal, por siete votos frente a cuatro, ha aceptado parcialmente el recurso que presentó la defensa del exfuncionario al considerar que la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo interpretaron mal el delito de prevaricación y vulneraron su derecho a la presunción de inocencia.
La sentencia es anulada por interpretación imprevisible del delito de prevaricación
El TC considera que la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo realizaron una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación, prohibida por el derecho a la legalidad penal. Según el tribunal, aunque las firmas de convenios particulares puedan ser consideradas resoluciones recaídas en asunto administrativo, no puede apreciarse que incurran en arbitrariedad porque estaban amparadas en las leyes de Presupuestos de Andalucía 2002-2009.
Los magistrados sostienen que no puede decirse que la actuación amparada en las leyes de presupuestos, concretamente en el programa 3.1 L, es ilegal cuando esa actuación se lleva a cabo de acuerdo con lo que las memorias de las leyes de presupuestos establecen al respecto.
La condena vulnera el derecho a la presunción de inocencia
El TC también considera que la condena vulnera el derecho a la presunción de inocencia de Serrano Aguilar, ya que las sentencias de la Audiencia de Sevilla y del Supremo no argumentaron lo suficiente que el exdirector del IFA fuese quien dispusiera de fondos públicos para fines distintos a los previstos en el programa 3.1 L.
Con esta decisión, Serrano Aguilar podrá salir de prisión. El Tribunal Constitucional tiene reservados este miércoles y jueves para continuar deliberando sobre una batería de asuntos, entre los que figuran otros cuatro recursos relativos a los ERE.
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