La Xunta de Galicia ofrecerá subvenciones de hasta 150 euros para la adopción de mascotas de refugios.

La Xunta de Galicia ha anunciado una iniciativa pionera en la comunidad autónoma, al ofrecer subvenciones de hasta 150 euros para fomentar la adopción de mascotas procedentes de refugios. Esta medida tiene como objetivo principal incentivar la adopción responsable de animales abandonados, promoviendo así su bienestar y la disminución de la población en los centros de acogida. Con esta acción, se busca también concienciar a la población sobre la importancia de brindar un hogar a estos seres indefensos, promoviendo la tenencia responsable de mascotas y contribuyendo a la reducción del abandono animal en la región. Sin duda, esta noticia supone un avance significativo en el cuidado y protección de los animales en Galicia.

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Xunta de Galicia ofrece subvenciones de hasta 150 euros para adopción de mascotas en refugios autorizados

La Xunta de Galicia ha aprobado una convocatoria de ayudas de hasta 150 euros para cubrir los primeros gastos de adopción de una mascota de alguno de los 39 refugios de animales autorizados en la comunidad.

El presidente del Ejecutivo gallego, Alfonso Rueda, ha explicado que el objetivo es llegar al millar de beneficiarios, con la posibilidad de ampliar la convocatoria y su crédito si fuera necesario.

Las bonificaciones serán para los gastos veterinarios y de identificación iniciales, siendo de 150 euros para la adopción de un perro y de 125 euros para un gato. Cada persona podrá recibir dos ayudas como máximo y se buscará garantizar que los adoptantes tienen interés en cuidar y convivir con el animal doméstico toda su vida.

Condiciones para acceder a las ayudas

Condiciones para acceder a las ayudas

Solo podrán acogerse a estas nuevas ayudas aquellos ciudadanos que acrediten la adopción de una mascota procedente de alguno de los centros de recogida inscritos en el Rexistro Galego de Núcleos Zoolóxicos (Reganuz) antes del 30 de septiembre.

Los beneficiarios deberán comprometerse a no transmitir la titularidad del animal adoptado a otra persona mientras este siga vivo, salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados por razones de enfermedad, incapacidad sobrevenida o vulnerabilidad económica.

Javier Martín

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