Si tiene un familiar o amigo que reside en el extranjero y le ha dejado una herencia, es importante que conozca las implicaciones fiscales y legales que conlleva recibir una herencia del extranjero en España. La herencia de un bien inmueble, acciones, títulos o efectivo puede suponer un gran cambio en su situación patrimonial, pero también puede conllevar problemas con Hacienda si no se cumplen los requisitos y obligaciones fiscales correspondientes. En este artículo, se presentan consejos prácticos para evitar problemas con la Administración tributaria española y garantizar que la herencia se tramite de manera correcta y sin sorpresas desagradables.
Recibir una herencia del extranjero: ¡cuatro pasos a seguir para evitar problemas con Hacienda!
Recibir una herencia procedente del extranjero puede ser un proceso complejo, especialmente si no se conocen las regulaciones y trámites necesarios para evitar problemas con Hacienda. A continuación, te presentamos los cuatro pasos a seguir para recibir una herencia del extranjero sin problemas.
Definir la residencia fiscal en España
Antes de recibir una herencia procedente del extranjero, es fundamental definir si se es residente fiscal en España. Esto es clave para determinar qué legislación se aplica al recibir una herencia que procede del extranjero.
Cada país posee sus propias regulaciones para las herencias, por lo que se debe tener claro qué legislación se aplica al recibir una herencia que procede del extranjero. En la mayoría de las ocasiones, se debe aplicar el Derecho Internacional Privado, que determina las normas que son aplicadas a la herencia, y que puede ser la legislación del país de origen del fallecido, la del lugar de residencia del causante o la del país en el que están los bienes a heredar.
Consultar con un abogado especialista en herencias
Es aconsejable consultar con un abogado especialista en herencias, que pueda asesorar convenientemente acerca de los trámites y pasos a seguir. Esto es especialmente importante en casos internacionales, donde las legislaciones pueden variar.
Determinar la legislación aplicable
En el caso de herencias en la Unión Europea (salvo Irlanda y Dinamarca), los países están regidos por el Reglamento Europeo de Sucesiones Internacionales. Según este, una persona que reside en el extranjero puede elegir el derecho que se le aplique en su testamento, si el de su país de origen o el de su residencia habitual.
Si no se toma una decisión al respecto o no hay testamento, se aplicará la legislación del país en el que se encuentran los bienes a heredar, a excepción de que los herederos se encuentren en el país de origen del causante.
Realizar los trámites correspondientes
Una vez que se han realizado los trámites correspondientes y se han abonado los impuestos correspondientes (Impuesto de Sucesiones y Donaciones, Plusvalía Municipal si se heredan inmuebles y IRPF si se obtiene una ganancia patrimonial), se podrá disponer de la herencia.
Lo primero que se debe conseguir es que los herederos deben estar registrados como contribuyentes en Hacienda para poder efectuar el abono de los impuestos correspondientes a la herencia. Además, el heredero debe tener una cuenta bancaria en el país, de forma que el dinero debe pasar por un banco español para asegurar la legalidad de esa operación.
En esta entidad bancaria, los herederos tendrán que proceder a la presentación de una solicitud para que el dinero sea transferido a su cuenta, en la que debe figurar el nombre del fallecido, la cantidad a transferir y los datos de la entidad bancaria en la que se encuentra ese dinero.
Una vez que la entidad bancaria ha recibido la solicitud, comenzará a procesar las herencias que procedan del extranjero, un proceso que acostumbra a ser largo, puesto que se deben verificar todos los documentos. Si todo es correcto, el dinero llegará a la cuenta bancaria de los herederos.
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