Títulos de enfermedades que otorgan derecho a pensión por incapacidad en el año 2024

En virtud de la constante evolución en la legislación y la política social, es fundamental mantenerse informado sobre los cambios y actualizaciones en materia de seguridad social. En este sentido, es importante destacar que, a partir del año 2024, se han establecido nuevos títulos de enfermedades que otorgan derecho a pensión por incapacidad. Estas modificaciones tienen como objetivo proteger los derechos de los ciudadanos que padecen de alguna condición médica que les impide desarrollar sus actividades laborales de manera efectiva.

En este sentido, es fundamental conocer los títulos de enfermedades que se encuentran incluidos en esta nueva normativa, a fin de asegurarse de que aquellos que lo necesitan puedan acceder a la pensión por incapacidad que les corresponde. En las siguientes líneas, se presentará una revisión detallada de los títulos de enfermedades que otorgan derecho a pensión por incapacidad en el año 2024.

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Enfermedades que otorgan derecho a pensión por incapacidad: ¿cuáles son las patologías que garantizan una prestación económica?

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) contempla una prestación económica por incapacidad permanente para aquellos trabajadores que presentan problemas de salud que dificultan sus capacidades para ejercer su labor diaria.

.todos los trabajadores que sufren de enfermedades o accidentes que les impiden realizar sus tareas laborales tienen derecho a una serie de ayudas económicas o pensiones del INSS. De esta manera, estos ciudadanos pueden seguir cobrando una cantidad de dinero concreta al mes a pesar de su enfermedad o accidente.

Aunque el INSS no detalla en una lista que patologías dan este derecho a los empleados, hay una serie de enfermedades que el tribunal médico suele contemplar como merecedoras de la ayuda económica.

¿Cuál es la cuantía de la prestación por cese de actividad para autónomos?

¿Cuál es la cuantía de la prestación por cese de actividad para autónomos?

La cuantía de la prestación por cese de actividad para autónomos depende de various factores, como el tipo de enfermedad o accidente, la edad del trabajador y la duración de su contribución al INSS.

¿Qué enfermedades son incapacitantes?

Oficialmente no existe un listado de enfermedades o accidentes que dan derecho a una pensión. Sin embargo, hay una serie de patologías que suelen otorgar esta prestación económica.

Entre las enfermedades que suelen otorgar la incapacidad permanente se encuentran:

Cardiología:

  • Cardiopatías
  • Miocardiopatías
  • Arterioesclerosis
  • Enfermedades cardiovasculares
  • Aneurisma
  • Infarto agudo de miocardio
  • Insuficiencia mitral
  • Síndrome Wolf-Parkinson-White

Oncología:

  • Cáncer de mama
  • Cáncer de pulmón
  • Cáncer de recto

Reumatología:

  • Síndrome de fatiga crónica
  • Fibromialgia
  • Artritis reumatoide
  • Espondilitis anquilosante

Otorrinolaringología:

  • Hipacusia (sordera parcial)
  • Síndrome de Méniere (trastorno del oído interno)

Enfermedades del pulmón:

  • EPOC (Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica)
  • Apnea del sueño
  • Asma profesional
  • Enfisema
  • Enfermedades respiratorias causadas por el amianto

Digestivo:

  • Enfermedad de Crohn
  • Obesidad mórbida
  • Colitis ulcerosa
  • Pancreatitis crónica

Neurología:

  • Alzheimer
  • Migraña
  • Parkinson
  • Esclerosis múltiple
  • Demencia
  • Traumatismos craneoencefálicos
  • Neuropatía periférica
  • Miastenia Gravis (enfermedad autoinmune caracterizada por la debilidad muscular variable)

Es importante destacar que también es posible conseguir una incapacidad permanente con otras enfermedades, como la depresión, el trastorno bipolar, el linfoma cerebral, la esclerosis sistémica difusa, o los trasplantes renales.

Tipos de incapacidad

A la hora de valorar la incapacidad que sufre el trabajador, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) distingue diferentes grados:

Parcial para la profesión habitual:

Supone una disminución no inferior al 33% para desempeñar esa labor.

Total para la profesión habitual:

Aunque no se puede llevar a cabo ese trabajo, sí es posible dedicarse a otra cosa distinta.

Gran invalidez:

En este caso, el trabajador está incapacitado permanentemente para trabajar y además necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.

Si sufre una de estas enfermedades u otras, puede ponerse en contacto con un abogado para determinar las opciones que tiene para solicitar una incapacidad permanente. Obtener una valoración positiva dará pie a obtener la pensión o ayuda económica con la que completar sus ingresos.

Rubén Flores

Hola, soy Rubén, autor en El Informacional, un periódico independiente de actualidad nacional en Español. Me apasiona investigar y compartir noticias relevantes con nuestra audiencia. Mi objetivo es ofrecer información veraz y de calidad para mantener a nuestros lectores informados sobre los acontecimientos más importantes de nuestro país. ¡Gracias por confiar en El Informacional para mantenerte al día!

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