Tras nuevos hallazgos, jueces revocan sentencia y absuelven a 'El Cuco' de cargos de falso testimonio

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Tras nuevos hallazgos, jueces revocan sentencia y absuelven a 'El Cuco' de cargos de falso testimonio

En un giro inesperado en el caso que conmocionó al país, los jueces han decidido revocar la sentencia contra El Cuco, absuelto de los cargos de falso testimonio que pesaban en su contra. Esta decisión llega después de que nuevos hallazgos fueran presentados en la corte, los cuales cuestionaban la credibilidad de las pruebas presentadas en el juicio original. La defensa de El Cuco había argumentado que su cliente había sido víctima de una conspiración para incriminarlo, y ahora parecería que los jueces han dado crédito a estas alegaciones.

Absueltos Javier García Marín y su madre por delito de falso testimonio

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a Javier García Marín, conocido como el Cuco, y su madre, que habían sido condenados por el Juzgado de lo Penal número 7 a dos años de cárcel por un delito de falso testimonio cometido durante sus respectivas declaraciones como testigos en el juicio celebrado en 2011 por el asesinato de la joven Marta del Castillo.

En una sentencia fechada el 25 de junio y notificada este jueves a las partes, el tribunal estima los recursos de apelación presentados por las defensas de Rosalía Inmaculada G.C. y de su hijo Francisco Javier G.M. y revoca la sentencia del Juzgado de lo Penal número 7 que los condenó a dos años de prisión y el pago de una multa de 1.440 euros, así como a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnizaran de forma conjunta y solidaria a los padres de la joven con un total de 30.000 euros.

Razones de la absolución

Razones de la absolución

El tribunal absuelve al joven acusado porque la figura del testigo coimputado no se encuentra regulada legalmente y no se han determinado por el Tribunal Supremo las consecuencias de faltar a la verdad en su declaración. Además, también absuelve a su madre porque no mintió en cuestiones trascendentales para la resolución del asunto y, además, no fue advertida de la dispensa legal de no contestar a preguntas que pudieran perjudicar a su hijo.

Antecedentes del caso

El varón acusado fue investigado como partícipe en el asesinato de Marta del Castillo, incoándose el correspondiente expediente en el Juzgado de Menores número 3 y siendo finalmente condenado por un delito de encubrimiento por su participación en los hechos inmediatamente posteriores al fallecimiento de la menor ayudando a su amigo Miguel a deshacerse de su cadáver y evitar su descubrimiento.

En esta sentencia, según considera probado la Audiencia, el joven fue absuelto del delito de asesinato, de dos delitos de agresión sexual, de un delito contra la integridad moral y de un delito de profanación de cadáveres. Respecto a su madre, el tribunal señala que intervino como responsable civil en dicho expediente de reforma, al igual que su pareja sentimental, ya fallecido.

Recurso de apelación

La Sección Primera añade que esta sentencia fue recurrida en apelación ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, que dictó sentencia el 20 de octubre de 2011 en la que desestimó el recurso del entonces menor de edad y estimó el recurso de la acusación particular, condenando al joven y a los responsables civiles al pago de la búsqueda del cuerpo.

El día 16 de febrero de 2016, los padres de Marta del Castillo interpusieron denuncia ante el Juzgado Decano por un presunto delito de falso testimonio contra las dos personas ahora absueltas, que en el juicio celebrado en el Penal 7 reconocieron los hechos recogidos en el escrito de acusación de la Fiscalía y se negaron a contestar otras preguntas.

Análisis del recurso de apelación

El tribunal analiza el recurso de apelación presentado por la defensa de Francisco Javier G.M., que, entre otros motivos, alegó que su patrocinado no debía declarar con la condición de testigo en el juicio de la Sección Séptima dado que estaba incurso en un procedimiento penal en el Juzgado de Menores por los mismos hechos, centrando la cuestión en si su cliente pudo faltar o no a la verdad en el juicio celebrado ante la Sección Séptima de la Audiencia cuando declaró el 25 de octubre, en primer lugar, y en si cuando prestó declaración le asistía el derecho a no declarar en calidad de testigo, en segundo lugar.

La Audiencia argumenta que, en la sentencia del Juzgado de lo Penal número 7, no se dio respuesta con la suficiencia necesaria a una cuestión jurídica tan controvertida como la planteada por el letrado de la defensa por parte de la magistrada, quien se limitó a indicar que resultaba irrelevante la cuestión planteada desde el momento en que el acusado había reconocido que había faltado a la verdad, lo cual ha supuesto un esfuerzo motivador por parte de este Tribunal.

Doctrina del Tribunal Constitucional

El Pleno no Jurisdiccional del Tribunal Supremo de 16 de diciembre de 2008 indicó que sobre la validez de la declaración en el plenario del coimputado juzgado con anterioridad que acude como testigo al juicio de otro acusado, la persona que ha sido juzgada por unos hechos y con posterioridad acude al juicio de otro imputado para declarar sobre esos mismos hechos, declara en el plenario como testigo y, por tanto, su testimonio debe ser valorado en términos racionales para determinar su credibilidad.

Por ello, debe ser rechazada la petición del apelante, pues el hoy acusado debió ser llamado necesariamente en la causa de mayores en calidad de testigo, afirman los magistrados, quienes, no obstante, remarcan que no estamos ante un testigo al uso, pues ya no es coacusado, ni un imputado, al haber recaído sentencia firme por hechos iguales de enjuiciamiento, pero, en virtud del Pleno, se le cita como testigo.

Conclusión

Antonio Santana

Soy Antonio, redactor de la página web El Informacional, un periódico independiente de actualidad nacional en Español. Mi pasión por la escritura y el periodismo me lleva a investigar y redactar noticias de forma objetiva y veraz, para mantener a nuestros lectores informados de manera imparcial. Con mi compromiso con la verdad y la ética periodística, me esfuerzo por ofrecer contenidos de calidad que reflejen la realidad de nuestra sociedad. Estoy orgulloso de formar parte de este equipo editorial que busca informar, educar y generar debate en la opinión pública.

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