Un hombre enfrenta cargos por negarse a la prueba de alcoholemia y causar un accidente de tráfico, ¿qué penas y sanciones lo esperan?

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Un hombre enfrenta cargos por negarse a la prueba de alcoholemia y causar un accidente de tráfico, ¿qué penas y sanciones lo esperan?

Un acontecimiento grave sacude la conciencia ciudadana cuando un hombre se niega a someterse a la prueba de alcoholemia, lo que desencadena un accidente de tráfico con consecuencias impredecibles. Esta infracción grave pone en entredicho la seguridad vial y la responsabilidad individual. En este sentido, es fundamental analizar las penas y sanciones que enfrentará el implicado, ya que su negativa a la prueba puede acarrear consecuencias legales y penales severas. En este artículo, exploraremos las posibles consecuencias que enfrentará este individuo y reflexionaremos sobre la importancia de la responsabilidad individual en la conducción.

Un camionero enfrenta cargos por negarse a la prueba de alcoholemia y causar un accidente de tráfico

La Policía Municipal de Valladolid detuvo a un camionero extranjero en la avenida Segovia tras colisionar contra una señal y abandonar el lugar de los hechos. Además, el conductor del tráiler se negó a que los agentes de cuerpo policial vallisoletano le realizaran las pruebas de alcoholemia y de drogas.

Por tanto, se procedió a la detención del individuo, y se trasladó el camión al depósito municipal. Este camionero se enfrenta a varios delitos contra la Seguridad Vial tipificados en el Código Penal español.

Delitos contra la Seguridad Vial

Delitos contra la Seguridad Vial

En primer lugar, el conductor incumple el artículo 383 del Código Penal, que establece que el conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Además, el abandono del lugar del accidente y los daños causados también pueden ser hechos constituyentes de un delito.

Otros delitos contra la seguridad vial

El Código Penal especifica otros delitos contra la seguridad vial, como:

  • Circular a más de 60 km/h por encima del límite en vías urbanas y a más de 80 km/h en carreteras convencionales (artículo 379), también en el mismo artículo se precisa que comete un delito quien conduce con una tasa de alcoholemia de más de 0,60 mg/l o bajo la influencia de las drogas.
  • Conducción temeraria (art.380) como delito con el agravante del desprecio manifiesto por la vida de los demás (art.381).
  • Abandono del lugar de los hechos tras causar un accidente con heridos o fallecidos (art.382).
  • Conducir un vehículo a motor en los casos en los que no se tenga carnet o este carezca de puntos en vigor (art. 384).
  • Colocar obstáculos en la vía o derramar sustancias deslizantes o inflamables, así como sustraer la señalización (art. 385).

Requisitos para conducir un tráiler

La Dirección General de Tráfico establece que para ponerse a los mandos de estos vehículos articulados o conjunto de un remolque con dos ejes se debe tener en vigor la licencia C+E o la C1+E. Ambos carnets contarán con las mismas pruebas para obtenerlos.

Además, si se quiere ejercer un empleo en el que se deba usar este vehículo, será necesario obtener también el CAP (Certificado de Aptitud Profesional), que está acreditado por los estándares de la Unión Europea, presentando una cualificación inicial y una formación continua.

Rubén Flores

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