Una madre e hija condenadas por usar una muñeca vudú para intimidar a una inquilina y obligarla a dejar una vivienda alquilada.

En un caso que ha conmocionado a la opinión pública, una madre y su hija han sido condenadas por un tribunal por utilizar una muñeca vudú para intimidar a una inquilina y obligarla a abandonar una vivienda alquilada. Según los hechos, la pareja utilizó esta práctica de brujería para presionar a la víctima y lograr que dejará el inmueble. La sentencia dictada contra la madre y la hija es un ejemplo de cómo la justicia puede castigar este tipo de comportamientos que atentan contra la integridad emocional y la seguridad de las personas. A continuación, se presentan los detalles de este caso que ha generado gran conmoción en la comunidad.

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Madre e hija condenadas por usar una muñeca vudú para intimidar a una inquilina

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a una madre y su hija por acoso inmobiliario después de que intimidaran a la inquilina que tenía alquilada su vivienda para que la abandonara. Entre los métodos utilizados para amedrentar a la víctima se encontraba la colocación de una muñeca vudú cerca de la puerta de su apartamento.

Según la sentencia, la inquilina había alquilado el apartamento en octubre de 2021, pero en marzo de 2023 recibió una carta certificada de la Agencia Tributaria en la que se le requería que pagara el alquiler a las propietarias debido a una deuda contraída por su casera.

Constancia de acoso

Constancia de acoso

Desde ese momento, la inquilina comenzó a recibir constantes visitas en su apartamento por parte de las dos mujeres, que también le remitieron cartas, la llamaban por teléfono y le enviaban mensajes por WhatsApp. Lo hacían, según el tribunal, para requerirle de forma insistente que abandonara el apartamento, para exigirle que pagara una fianza más por posibles desperfectos en el piso y para advertirle de una subida del IPC en el pago de la renta.

Las magistradas en su resolución sostienen que, en pleno acoso, incluso le pusieron una muñeca de trapo a modo de vudú cerca de la puerta de su apartamento para asustarla.

Defensa y condena

La defensa de la propietaria apeló la sentencia inicial ante la Audiencia al entender que el comportamiento de madre e hija no era delictivo, que ninguna frase tenía carácter amenazante o injurioso y menos coactivo y que no existía el más mínimo atisbo del empleo de violencia.

Pero la Audiencia de Pontevedra contradice estos argumentos y concluye que los hechos probados que no se cuestionan en el recurso presentado relatan una presión moral insistente de las denunciadas hacia la denunciante para que deje libre la vivienda que ocupaba.

Consideran que es la reiteración en la conducta de las acusadas lo que conforma una presión moral suficiente para conformar los hechos como vis compulsiva, aquella violencia devenida de la intimidación y que se ejerce para que el afectado haga algo en contra de su voluntad.

Las dos mujeres deberán pagar una multa de 810 y 180 euros respectivamente. La sentencia es firme y contra ella no cabe posibilidad de recurso.

Rubén Flores

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