¿Cuál es el derecho a la pensión de viudedad que me corresponde en caso de divorcio o separación?

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¿Cuál es el derecho a la pensión de viudedad que me corresponde en caso de divorcio o separación?

En el momento de divorcio o separación, surgen muchas dudas y inquietudes sobre los derechos que corresponden a cada parte. Uno de los aspectos más importantes es el relacionado con la pensión de viudedad, que puede ser un tema confuso y complejo. ¿Cuál es el derecho a la pensión de viudedad que me corresponde en caso de divorcio o separación? ¿Cómo se calcula este derecho? ¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder a ella? En este artículo, abordaremos estas preguntas y proporcionaremos información valiosa para aquellos que se enfrentan a esta situación.

¿Puedo cobrar la pensión de viudedad después del divorcio o separación?

La respuesta es sí. Las personas separadas legalmente, divorciadas o que les han declarado nulo su matrimonio, pueden cobrar la pensión de viudedad, siempre y cuando cumplan los requisitos que detalla la Seguridad Social.

Requisitos y derechos para cobrar la pensión de viudedad después de un divorcio o separación

Requisitos y derechos para cobrar la pensión de viudedad después de un divorcio o separación

La pensión de viudedad es una prestación contributiva gestionada por la Seguridad Social a la que se tiene derecho cuando la pareja, o el ex cónyuge, ha fallecido.

Para que la persona fallecida genere la pensión de viudedad, debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Estaba dado de alta en la Seguridad Social o situación similar al alta en la fecha de su fallecimiento, y haya cotizado 500 días dentro de los cinco años anteriores a la defunción.
  • No estaba de alta, pero requiere un periodo de cotización de 15 años. No se necesitará este periodo de cotización si el fallecimiento se produce por accidente o por enfermedad profesional.
  • Era perceptor de una pensión de jubilación contributiva, o tenía derecho a ella en el momento de fallecer sin haberla solicitado.
  • Era pensionista por una incapacidad permanente.
  • Tenía derecho al subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia y cumplía el periodo de cotización necesario en esos casos.

Por otro lado, la pareja o cónyuge tiene derecho a pensión de viudedad si:

  • Era cónyuge del fallecido y existen hijos comunes.
  • No tenían hijos, pero el matrimonio se celebró un año antes del fallecimiento.
  • Estaba divorciado/a o separado/a judicialmente del fallecido y estaba percibiendo una pensión compensatoria que se extingue con el fallecimiento.
  • Era pareja de hecho del fallecido, inscrita en la comunidad autónoma o ayuntamiento que corresponda al menos dos años antes del fallecimiento.
  • Los ingresos del sobreviviente, durante el año anterior al fallecimiento, no alcanzaron el 50% de la suma de sus ingresos más los del fallecido.

¿Cómo funciona la pensión de viudedad para personas separadas o divorciadas?

La pensión de viudedad alcanza el 52% de la base reguladora, pero puede ascender hasta 60% en casos como:

  • Ser mayor de 65 años.
  • No percibir otro tipo de pensión pública española o extranjera.
  • No contar con ingresos por realizar trabajos por cuenta propia o ajena.
  • No disponer de rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas superiores a 7.569,00 euros anuales.

Si hay cargas familiares y bajo nivel de ingresos, la pensión de viudedad podría llegar al 70% de la base reguladora.

La pensión de viudedad suele ser vitalicia, pero se extingue si se contrae nuevo matrimonio o se constituye nueva pareja de hecho. Se puede conservar en estos dos casos si es mayor de 61 años o menor con discapacidad mayor del 65%, y otros casos específicos.

En cuanto a la cuantía, la revalorización de las pensiones contributivas aumentó un 8,5% en 2023. Estos son los importes de la pensión de viudedad en 2023:

  • Viudedad con cargas familiares: 905,90 euros/mes.
  • Viudedad con 65 años y discapacidad igual o menor al 65%: 783 euros/mes.
  • Viudedad entre 60 y 64 años: 732 euros/mes.
  • Viudedad para menos de 60 años: 593 euros/mes.

Javier Martín

Mi nombre es Javier, soy redactor jefe con una amplia experiencia en el mundo del periodismo. Actualmente trabajo en El Informacional, un periódico independiente de actualidad nacional en Español. Me apasiona investigar y redactar noticias relevantes que mantengan informada a nuestra audiencia. En nuestro medio, nos esforzamos por ofrecer información veraz y objetiva sobre los acontecimientos más importantes del país. Mi objetivo es contribuir a la formación de una opinión pública informada y crítica. ¡Gracias por seguirnos en nuestro sitio web!

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