El juez rechaza la solicitud para que Pedro Sánchez declare por escrito en el proceso judicial

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El juez rechaza la solicitud para que Pedro Sánchez declare por escrito en el proceso judicial

En un giro inesperado en el proceso judicial, el juez encargado del caso ha rechazado la solicitud presentada por la parte acusadora para que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declare por escrito en relación con los hechos que se investigan. Esta decisión ha generado un gran revuelo en el ámbito político y jurídico, ya que se consideraba que la declaración escrita del presidente podría ser clave para esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades. Sin embargo, el juez ha considerado que la presencia de Sánchez en el proceso no es necesaria en este momento y ha dado prioridad a otros aspectos del caso.

Juez rechaza petición de Sánchez para declarar por escrito en proceso judicial

El juez Carlos del Valle, en sustitución del juez Juan Carlos Peinado, ha rechazado la solicitud del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de declarar como testigo por escrito en la investigación que se dirige contra su esposa, Begoña Gómez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

Según consta en una providencia dictada este mismo viernes, el juez ha decidido que se mantenga la toma de la declaración en los mismos términos y condiciones en que fue acordada por la providencia de fecha 19 de julio del presente año.

Sánchez no podrá declarar por escrito

Sánchez no podrá declarar por escrito

Así, se mantiene que el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid se trasladará a La Moncloa el martes 30 de julio para tomar declaración al jefe del Ejecutivo, toda vez que, como ya apuntó en su citación, considera que su comparecencia no se enmarca en hechos de los que tendría conocimiento por su razón de cargo.

El juez ha respondido así a la carta que envió Sánchez al juzgado esta misma semana, alegando que tenía derecho a declarar por escrito. El presidente del Gobierno se amparó en el punto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que diferencia entre la declaración de un presidente por hechos de los que tenga conocimiento por razón de su cargo o por hechos ajenos a su ejercicio como mandatario.

En este sentido, Sánchez insistió en que para garantizar el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico, y dadas las cuestiones que se investigan en la causa, su declaración debía producirse conforme a lo establecido en el artículo 412.2 de la LeCrim; es decir, por escrito.

En la providencia de este viernes, el juez Del Valle indica que es obvio que el juez Peinado ha tenido en consideración el carácter en el que debe ser prestada la declaración del testigo e insiste en que se mantiene la decisión de ir de forma presencial a La Moncloa a interrogarle.

Eventual declaración adicional por escrito

El juez también deja abierta la posibilidad de que, si el testigo cree que puede colaborar eficazmente con la Administración de Justicia, participe hechos relevantes de los que ha tenido conocimiento por razón de su cargo, lo ponga de relieve en dicha declaración a fin de que se realice una nueva concerniente a esos hechos y esta vez por escrito.

Cabe recordar que la defensa de Begoña Gómez recurrió la decisión del juez de citar a Sánchez como testigo. De momento, no ha trascendido respuesta alguna del juzgado.

Antonio Santana

Soy Antonio, redactor de la página web El Informacional, un periódico independiente de actualidad nacional en Español. Mi pasión por la escritura y el periodismo me lleva a investigar y redactar noticias de forma objetiva y veraz, para mantener a nuestros lectores informados de manera imparcial. Con mi compromiso con la verdad y la ética periodística, me esfuerzo por ofrecer contenidos de calidad que reflejen la realidad de nuestra sociedad. Estoy orgulloso de formar parte de este equipo editorial que busca informar, educar y generar debate en la opinión pública.

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