El Tribunal Supremo descarta que el fiscal general cometiera prevaricación al promover el ascenso de Dolores Delgado a pesar de identificar un desvío

El Tribunal Supremo, en un pronunciamiento reciente, ha descartado que el fiscal general haya incurrido en prevaricación al impulsar el ascenso de Dolores Delgado, a pesar de haber identificado un desvío de poder en este proceso. Esta decisión representa un giro significativo en el caso, que había generado controversia y debate en el ámbito judicial y político. La resolución del Tribunal Supremo ha generado reacciones encontradas en la opinión pública, pues mientras algunos sectores la interpretan como un respaldo a la actuación del fiscal general, otros la critican por considerar que no se ha hecho justicia en este caso. Este fallo del Tribunal Supremo marca un hito en la trayectoria legal de este controvertido asunto y plantea interrogantes sobre la independencia y transparencia en el ejercicio de la justicia.

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Tribunal Supremo inadmite querella contra fiscal general por ascenso de Dolores Delgado

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido la querella interpuesta por el PP el 26 de marzo contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por el ascenso de Dolores Delgado. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal consideró que García Ortiz había incurrido en desviación de poder al proponer el ascenso de Delgado a fiscal de Sala, un argumento que el PP recogió en su querella en la que acusaba al fiscal general de un delito de prevaricación. El auto de inadmisión del Supremo rechaza que se haya cometido tal delito.

La resolución del Tribunal destaca que no cabe trasladar de forma automática la desviación de poder apreciada en sede contencioso-administrativa al ámbito penal del delito de prevaricación. Además, señala que el delito de prevaricación solo se comete a través de una resolución, y el fiscal general no nombró a Delgado, sino que propuso su ascenso al Consejo de Ministros.

El alto tribunal hace un repaso de los hechos que han motivado la querella del Partido Popular, en los que no aprecia indicios delictivos que justifiquen la apertura de un proceso penal. El relato comienza en marzo de 2020, con el ascenso de Álvaro García Ortiz a fiscal de Sala a propuesta de la entonces fiscal general, Dolores Delgado. En julio de 2022, Delgado fue cesada de su puesto y García Ortiz pasó a sucederla a la cabeza del Ministerio Público. Y ese mismo año, haciendo uso del cargo, el fiscal general propuso en contra del criterio del Consejo Fiscal el nombramiento de Delgado para la vacante de fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo.

Tribunal Supremo descarta prevaricación de fiscal general en caso Dolores Delgado

Tribunal Supremo descarta prevaricación de fiscal general en caso Dolores Delgado

Según el PP, García Ortiz antepuso su criterio personal, subjetivo y arbitrario al imponerse con su propuesta contraria a la consensuada por la mayoría del Consejo Fiscal, que abogaba por proponer el ascenso de Luis Rueda. El propio Rueda, candidato como Delgado a fiscal de Sala, recurrió el nombramiento de su compañera ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que reconoció la existencia de desviación de poder y ordenó anular el ascenso.

El auto redactado por Manuel Marchena y dictado por la Sala de lo Penal niega que, como indica el PP, se pueda imputar a Álvaro García Ortiz un delito de prevaricación. Y razona que con este delito no se pretende controlar la legalidad de la actuación de la Administración Pública, sino sancionar los supuestos más groseros en los que la actuación administrativa, además de ilegal, es injusta y arbitraria.

El delito de prevaricación exige una resolución dictada por autoridad o funcionario en asunto administrativo, una acción positiva, una resolución expresa, o la omisión de la misma. Además, requiere la manifestación de una ilegalidad, la falta de respeto a las normas esenciales del procedimiento. Para constituir un delito de prevaricación, un acto tiene que tener un resultado materialmente injusto y debe perseguir la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de quien lo comete.

Javier Martín

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