La banca recibe un golpe duro: el plazo para reclamar los gastos hipotecarios no comienza a contar hasta que los tribunales determinen que son abusivo

La reciente decisión judicial ha sacudido el mundo de la banca, ya que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios se ha visto modificado significativamente. Según la resolución, el lapso para llevar a cabo dichas reclamaciones no empieza a correr hasta que los tribunales determinen que los mismos son abusivos. Esta medida supone un revés para las entidades financieras, que ahora se enfrentan a un escenario en el que la incertidumbre y la posibilidad de reclamaciones se extienden hasta que se emita un veredicto sobre la legalidad de los gastos. Los consumidores, por su parte, ven reforzados sus derechos en materia hipotecaria, pudiendo esperar una mayor protección y transparencia en cuanto a los cobros asociados a sus préstamos.

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La justicia europea establece plazo para reclamar gastos hipotecarios abusivos: un duro golpe para la banca

La banca española ha sido objeto de un nuevo revés por parte de la justicia europea, que ha arrojado luz sobre la controversia en torno a los plazos para reclamar los gastos hipotecarios considerados abusivos y nulos por el Tribunal Supremo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que el plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios debe comenzar a correr a partir de una sentencia firme que declare nula la cláusula abusiva en cuestión.

Hasta el momento, esta cuestión se encontraba en un limbo legal. Los bancos sostenían que el plazo de prescripción, de cinco años en la mayoría de las comunidades excepto Cataluña (donde es de diez años), comenzaba a contar desde 2019, cuando el Tribunal Supremo determinó que los bancos debían reembolsar estos gastos a los clientes.

Con esta sentencia, el Tribunal Europeo complementa un fallo anterior emitido en enero, el cual establecía que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios no empieza a correr hasta que un consumidor tenga conocimiento de la abusividad de una cláusula contractual. Irene Becerra, directora legal de reclamador.es, expresa que se abre ahora la puerta a que miles de consumidores puedan reclamar lo cobrado de forma abusiva por parte de los bancos, ya que hasta que no se declare la nulidad en sus préstamos no empieza a correr el plazo de prescripción para que les restituyan las cantidades indebidamente abonadas.

Una sentencia que afecta a miles de consumidores

Una sentencia que afecta a miles de consumidores

El caso que ha motivado este pronunciamiento del TJUE a solicitud del Tribunal Supremo involucra a dos consumidores que exigían a su entidad bancaria la devolución de los gastos de apertura de su hipoteca, una vez que las cláusulas contractuales relacionadas fueron declaradas abusivas. En este escenario, el préstamo hipotecario data de 1999, y los afectados solicitaron en 2017 la anulación de la cláusula ante un juzgado de primera instancia de Barcelona, que falló a su favor.

El banco apeló ante la Audiencia Provincial de Barcelona argumentando que el plazo de reclamación había caducado, alegando que la acción se inició después del pago de los gastos hipotecarios. Sin embargo, el tribunal determinó la nulidad de la cláusula pero también concluyó que los plazos habían prescrito. Los afectados elevaron el caso al Tribunal Supremo, que finalmente derivó en la resolución del TJUE.

Es importante destacar que el TJUE no cuestiona la duración de los plazos de prescripción para reclamar la devolución de gastos hipotecarios, sino que se enfoca en precisar a partir de qué momento empieza a correr el tiempo. Solo las personas que firmaron o cancelaron su hipoteca antes de junio de 2019 podrán reclamar estos gastos hipotecarios.

Javier Martín

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