Nuevas normas que los ascensores de edificios deben cumplir antes de julio para evitar averías

Nuevas normas que los ascensores de edificios deben cumplir antes de julio para evitar averías

En el marco de la seguridad y funcionamiento óptimo de los ascensores, se han establecido nuevas normativas que deberán ser cumplidas por los edificios antes de julio. Estas medidas tienen como objetivo prevenir posibles averías y garantizar la seguridad de los usuarios. Entre los aspectos más relevantes de las normas se encuentran la actualización de sistemas de control, la inspección periódica de componentes clave y la capacitación del personal encargado de mantenimiento. Es fundamental que los administradores de edificios y propietarios tomen conciencia de la importancia de cumplir con estas disposiciones para evitar situaciones de riesgo y garantizar el correcto funcionamiento de los ascensores en todo momento.

Nuevas normas de seguridad obligatorias para ascensores en España desde julio

Nuevas normas de seguridad obligatorias para ascensores en España desde julio

En España hay más de un millón de ascensores registrados, según los datos más recientes disponibles. De estos, alrededor de 400.000 llevan más de 30 años en servicio. Ante esta realidad, el Gobierno español ha decidido actualizar la normativa vigente en materia de seguridad de ascensores, con el objetivo de garantizar la protección de los usuarios y la fiabilidad de estos dispositivos de elevación.

El pasado 13 de abril, el BOE publicó el nuevo texto normativo, el cual entrará en vigor el próximo 1 de julio. Esta normativa, bajo el título de Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores, establece una serie de requisitos y procedimientos que deben cumplir los titulares de edificios con ascensores, así como las empresas responsables de la instalación y mantenimiento de estos equipos.

Según lo dispuesto en la nueva norma, para la puesta en servicio de nuevos ascensores, los titulares deberán presentar ante el órgano competente de la comunidad autónoma una serie de documentación obligatoria. Entre los documentos requeridos se encuentran la ficha técnica de la instalación, la declaración CE o UE de conformidad, el manual de funcionamiento, la copia del contrato de mantenimiento, entre otros.

En cuanto a los ascensores ya instalados, la normativa establece la realización de inspecciones periódicas para verificar que estos dispositivos mantienen los estándares de seguridad exigidos. Estas inspecciones pueden ser iniciales, periódicas u otras, con el propósito de garantizar el correcto funcionamiento y la seguridad de los ascensores en todo momento.

Además, la normativa contempla una serie de medidas mínimas de seguridad que deben ser implementadas en los ascensores existentes antes del 1 de julio, fecha en la que el real decreto entra en vigor. Estas medidas incluyen aspectos como la nivelación del ascensor, la protección del usuario contra el cierre de puertas, la prevención de movimientos incontrolados de la cabina, dispositivos de control de carga y un sistema de comunicación bidireccional para casos de emergencia.

Javier Martín

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