En relación a la noticia titulada Aceptado el despido de una empleada de supermercado por sustraer 15 euros a una clienta, se ha confirmado la decisión de despedir a una trabajadora de un supermercado por el presunto acto de sustraer 15 euros a una clienta. Este hecho, que ha generado controversia en el ámbito laboral, plantea interrogantes sobre la integridad y honestidad de los empleados de establecimientos comerciales. La empresa ha defendido su determinación argumentando que el respeto a las normas y la confianza de los clientes son pilares fundamentales en su funcionamiento. Esta noticia pone de manifiesto la importancia de mantener una conducta intachable en el ámbito laboral, así como la responsabilidad que conlleva el desempeño de un trabajo de servicio al cliente.
Confirmado despido de empleada por robar euros a clienta en supermercado de Bilbao
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Bilbao que declaró procedente el despido de una trabajadora de Eroski por el robo de 15 euros de la cartera de una clienta. La Sala de lo Social del TSJPV rechazó el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora, confirmando así la decisión de la empresa.
En los hechos probados, se detalla que la empleada sustrajo el dinero el 24 de septiembre de 2002 en el centro de trabajo de Eroski. Tras coger la cartera, extraer el dinero, y devolver el objeto al lugar, fue expulsada de la cooperativa por una falta muy grave. La demandante alegó que no pudo ver las imágenes de las cámaras de seguridad antes del juicio, pero el TSJPV consideró que esto no generó indefensión.
La sentencia, emitida el 19 de marzo, destaca que las grabaciones fueron visionadas en el juicio oral, lo que permitió a la magistrada tener por acreditados los hechos. A pesar de argumentos sobre la edición del video, la Sala de lo Social del TSJPV consideró razonable la presentación de fragmentos selectivos para evitar una extensa duración del visionado.
Esta resolución, que no es definitiva, puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. La trabajadora, despedida por robo, deberá acatar la sentencia del TSJPV que confirma la procedencia de su despido por la sustracción de dinero de una clienta en el supermercado de Bilbao.
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