El Tribunal Constitucional suspende la iniciativa del Parlament para declarar la independencia de Cataluña

El Tribunal Constitucional ha tomado una decisión trascendental al suspender la iniciativa del Parlament de declarar la independencia de Cataluña. Esta medida, de gran impacto político, representa un importante punto de inflexión en el conflicto que ha marcado la relación entre el gobierno central y las autoridades catalanas. La resolución del Tribunal Constitucional pone de manifiesto las dificultades legales y constitucionales que enfrenta cualquier intento de secesión unilateral. La decisión de suspender la iniciativa del Parlament para proclamar la independencia de Cataluña no solo tiene implicaciones a nivel nacional, sino que también repercute en el ámbito internacional, generando un debate sobre el respeto a la legalidad vigente y la soberanía nacional.

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Tribunal Constitucional suspende iniciativa del Parlament para declarar independencia en Cataluña

El Tribunal Constitucional (TC) ha tomado la decisión de suspender este martes la iniciativa legislativa popular (ILP) que el Parlament de Cataluña admitió a trámite el pasado 20 de febrero con el propósito de declarar la independencia de la región, según han informado fuentes jurídicas. Esta determinación se dio luego de que el Gobierno decidiera impugnar el acuerdo de la Mesa de la cámara catalana ante el TC.

TC suspende tramitación de ILP para independencia catalana a petición del Gobierno

TC suspende tramitación de ILP para independencia catalana a petición del Gobierno

La iniciativa legislativa popular (ILP), presentada por Solidaritat Catalana per la Independència el 2 de febrero, fue admitida a trámite el 20 de febrero por la Mesa del Parlament con el apoyo de Junts y la CUP, la abstención de ERC y el rechazo del PSC. Su objetivo era solicitar a la Cámara catalana la declaración de independencia de Cataluña. Ante esto, el PSC interpuso un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la decisión de la Mesa, siendo la única vía para paralizar su tramitación mientras se resuelve el recurso, que el Gobierno invoque la suspensión del acuerdo mediante el artículo 161.2 de la Constitución.

Fachada y entrada al edificio del Tribunal Constitucional de España. Europa Press

Antonio Santana

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