El Tribunal Supremo respalda la decisión de Facebook de eliminar cuentas creadas con datos falsos

El Tribunal Supremo ha tomado una decisión trascendental al avalar que Facebook tenga la potestad de eliminar cuentas en su plataforma si se constata que fueron creadas utilizando datos falsos. Esta resolución sienta un precedente importante en el ámbito de las redes sociales y la protección de la información personal en línea. La sentencia destaca la relevancia de garantizar la veracidad de los perfiles en las plataformas digitales, con el objetivo de evitar usurpaciones de identidad y posibles actividades fraudulentas. Además, subraya la responsabilidad de las empresas como Facebook en salvaguardar la integridad y la seguridad de sus usuarios en un contexto cada vez más digitalizado y conectado.

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El Tribunal Supremo respalda a Facebook: No hay derecho absoluto a cuentas con datos falsos

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado que exista un derecho absoluto a tener una cuenta en Facebook si no se cumplen las condiciones de uso de la red social, como crear un perfil con datos falsos. En una sentencia, la Sala de lo Civil ve justificada y legítima la inhabilitación del perfil en Facebook de una empresa de horchatas de Alboraia (Valencia) que no indicó su nombre real ni información veraz al crearlo, además de utilizarlo con objetivos comerciales, en contra de las condiciones establecidas por la red social.

Fallo del Supremo: Facebook puede inhabilitar perfiles con información engañosa

Los magistrados ponen el foco en una cuenta que abrió en 2010 la empresa de horchatas, que también creó dos páginas en Facebook con el nombre del perfil Mon Orxata, fecha de nacimiento el 6 de mayo de 1978, edad 39, género masculino y domicilio en Valencia. Fue al recibir una denuncia anónima cuando Facebook inhabilitó en 2016 el perfil y lo incluyó en una lista de control de cuentas falsas, al considerar que se creó con datos falsos.

Un juzgado del municipio valenciano de Moncada desestimó la demanda que interpuso Mon Orxata, S.L. contra Facebook Ireland (ahora Meta Platforms Ireland Limited) y Facebook Spain, S.L. por intromisión ilegítima en su honor, un rechazo que fue confirmado por la Audiencia Provincial de Valencia, al entender que los datos con los que abrieron el perfil en la red social no eran reales. Con esta decisión coincide el alto tribunal, que rechaza el recurso de la empresa horchatera.

Para el Supremo, la recurrente infringió las condiciones de uso tanto al registrarse en Facebook, que exigen transparencia y veracidad en los datos de los usuarios, como la obligación de abrir una página si se desea utilizar el perfil o la biografía con fines comerciales.

Rubén Flores

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