En una reciente noticia judicial, se informa que un hombre ha sido condenado a más de dos años de cárcel por cometer acoso sexual contra una menor a través de chats y videollamadas. La sentencia se basa en los hechos ocurridos durante un periodo de tiempo determinado, en el cual el acusado utilizó medios digitales para hostigar a la víctima, vulnerando su intimidad y generando un ambiente de miedo. Este caso resalta la importancia de la protección de los menores en el entorno virtual y la necesidad de establecer medidas efectivas para prevenir y sancionar el acoso sexual en línea.
Condenan a hombre por acoso sexual a menor en chats
La Audiencia de Barcelona ha dictado sentencia condenatoria a un individuo por acoso sexual a una menor a través de videollamadas. El acusado ha sido sentenciado a dos años y diez meses de prisión y al pago de 12.472 euros como compensación a la víctima.
Los hechos se remontan al periodo comprendido entre 2015 y 2017, cuando la víctima, siendo menor de edad, entabló contacto con el agresor en chats eróticos de internet. Inicialmente, las conversaciones tenían un carácter sexual a través de mensajes escritos, evolucionando posteriormente a videollamadas.
El acusado, conocedor de la edad de la menor, presionó para participar en actos de naturaleza sexual, lo cual constituyó un delito continuado de abuso sexual a menor de dieciséis años, entre otros cargos imputados por la Fiscalía.
Tras siete años de proceso judicial, se llegó a un acuerdo entre las partes reduciendo la pena inicialmente solicitada de ocho años de prisión a los mencionados dos años y diez meses de cárcel. Además, se estableció el pago de 10.000 euros a la víctima y una multa de 2.472 euros.
Hombre evita prisión tras acuerdo por acoso sexual a menor en videollamadas
El acusado, mediante su declaración de culpabilidad, ha logrado evitar la entrada en prisión gracias a la suspensión de la pena acordada con el ministerio público. A pesar de los delitos imputados, no cumplirá con la condena tras aceptar las condiciones establecidas.
La Fiscalía había solicitado cinco años de prisión por abuso sexual, dos años por embaucamiento a menor y un año por exhibición obscena. Finalmente, las penas acordadas se han fijado en dos años de prisión por abuso sexual continuado, y cinco meses de cárcel por cada uno de los otros delitos, sumando un total de ocho años de libertad vigilada.
Entre las condiciones de la suspensión, se incluye la prohibición al acusado de acercarse o comunicarse con la víctima, así como de residir en el mismo municipio que ella. Además, se le ha impuesto una multa y la obligación de seguir un programa de educación sexual.
Una vez finalizado el periodo de suspensión, el individuo deberá cumplir con una serie de restricciones adicionales, incluyendo la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima durante once años, y una inhabilitación especial para actividades que impliquen contacto con menores.
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