Los fiscales del proceso contra Puigdemont se niegan a amnistiar la malversación de fondos público en Cataluña

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Los fiscales del proceso contra Puigdemont se niegan a amnistiar la malversación de fondos público en Cataluña

En un giro inesperado en el proceso judicial contra el expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, los fiscales encargados del caso han manifestado su rotunda negativa a amnistiar los delitos de malversación de fondos públicos cometidos en el contexto del proceso independentista catalán. Esta decisión llega después de que la defensa de Puigdemont y otros líderes independentistas solicitaran la amnistía general para todos los procesados en relación con la celebración del referéndum ilegal de independencia en 2017. Los fiscales argumentan que la gravedad de los delitos cometidos no permite considerar la amnistía como una opción viable.

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Los fiscales del procés han entregado al fiscal general, Álvaro García Ortiz, el informe en el que se oponen a amnistiar la malversación que se le atribuye, entre otros, al expresidente catalán Carles Puigdemont, al entender que es improcedente porque sí tuvo ánimo de lucro y afectó a los intereses financieros de la UE.

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En el documento, al que ha tenido acceso Europa Press, defienden que es indudable que Puigdemont, los exconsejeros procesados en rebeldía Toni Comín y Lluís Puig, el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y los exconsejeros condenados Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa sustrajeron caudales públicos en forma de millones de euros para ejecutar contra las decisiones del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña un proyecto inconstitucional de desintegración de España.

Los fiscales Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno inciden en que esos fondos no han sido restituidos. Así las cosas, los cuatro informan al jefe del Ministerio Público de que se oponen a amnistiar la malversación atribuida a los encausados del procés.

Su aplicación en lo que concierne al delito de malversación de fondos públicos es improcedente y contraria a las leyes por no ajustarse a los criterios más elementales de lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en la interpretación y aplicación de la norma, apuntan.

Indudable beneficio patrimonial

En el escrito de este miércoles, sostienen que la malversación de caudales públicos de los encausados del procés supuso un indudable beneficio patrimonial para ellos. Insisten en que estaban decididos a toda costa a celebrar el referéndum ilegal y conocían perfectamente la magnitud de gastos y la necesidad de obtenerlos recurriendo con clamorosa infracción del deber de custodia a su sustracción del erario público de todos los españoles.

Así, defienden que estos funcionarios públicos constituidos en autoridad se apropiaron de fondos públicos con ánimo de lucro propio, no de terceros.

Afectación a los intereses financieros de la UE

Además, los fiscales exponen que la malversación para financiar un proceso secesionista dentro de un Estado que forma parte de la Unión Europea, con el consiguiente riesgo de fractura territorial de la UE y la consiguiente disminución de los ingresos y fondos que forman parte de su presupuesto, repercute negativamente en los propios intereses financieros de la Unión.

Para los firmantes, es evidente que la ley de amnistía afecta directamente a los intereses de la UE por cuanto la finalidad de todo el procés fue la desintegración de España y la declaración de independencia de Cataluña.

No ven amnistiable la malversación

En el marco de su informe, los fiscales se oponen a que se levanten las órdenes nacionales de detención que tienen vigentes Puigdemont, Comín y Puig porque entienden que no es pertinente porque la malversación que se les atribuye no es amnistiable.

Desobediencia y desórdenes públicos sí son amnistiables

Aunque no ven posible amnistiar la malversación del procés, los fiscales sí ven viable aplicar la norma a los delitos de desobediencia y de desórdenes públicos que se circunscriben al proceso independentista catalán.

Así las cosas, ven completamente amnistiables la desobediencia atribuida a la exconsejera Clara Ponsatí y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, añadiendo que es la Sala de lo Penal del Supremo la competente para aplicarles la ley.

De Ponsatí, que no fue juzgada porque se marchó de España tras el 1-O, señalan que la aplicación de la amnistía conllevaría la extinción de su presunta responsabilidad criminal.

Sobre Rovira, que se encuentra en Suiza, los fiscales entienden que deben alzarse todas las medidas cautelares y órdenes de detención en su contra.

Debate en la Fiscalía

En su informe, los cuatro avisan al fiscal general de que si no está de acuerdo con su criterio y considera que sí debe aplicarse la ley de amnistía a dichos encausados deberá ordenarlo por escrito de manera motivada y fundada.

En este sentido, adelantan que si ello sucede invocarán el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para elevar el asunto a la Junta de Fiscales para que se pronuncien sobre las dos posturas.

Cabe recordar, no obstante, que el fiscal general tiene el poder de hacer valer su criterio tras escuchar al cónclave, tal y como fija el Estatuto.

Con todo, los fiscales sostienen que si García Ortiz -tras la Junta de Fiscales- impone que se debe aplicar la amnistía ellos no firmarán dicho decreto, sino que deberá hacerlo el propio fiscal general u otro fiscal que él designe.

Natalia Vega

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